En su carácter de integrante del Constituyente Permanente, la LXII Legislatura mexiquense aprobó (con votos a favor de morena, PT y PVEM y en contra de las bancadas del PRI, PAN, MC y PRD) la minuta de reforma a la Constitución federal para aplazar la elección judicial (prevista originalmente para 2027) al primer domingo de junio de 2028.

El documento, enviado por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión y derivado de una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, establece que la consulta de revocación de mandato de la Presidencia de la República se llevará a cabo el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional.

Dispone que las magistradas y magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuyo encargo concluiría en 2027, permanecerán en funciones hasta 2028, hasta la toma de protesta de las personas servidoras públicas que resulten de la elección correspondiente. Además, precisa que quienes integren actualmente la Sala Superior del TEPJF, al momento de la entrada en vigor del decreto, podrán ser elegibles para un nuevo periodo en la elección federal de 2028.

La minuta, leída por la diputada Sara Alicia Ramírez de la O (PT) en sesión del Sexto Periodo Extraordinario de Sesiones —presidida por la legisladora Martha Azucena Camacho Reynoso (morena)—, dispone que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, ministras y ministros, y funcionará en Pleno; también, con aprobación del Pleno, podrá funcionar en dos secciones.

Así como que la presidencia de la Corte se renovará cada dos años de manera rotatoria, en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen la mayor votación.

Por otro lado, refiere que el periodo de las personas magistradas de circuito, así como de las juezas y jueces de distrito que resulten electos en 2028, durará ocho años, por lo que concluirán sus funciones en 2036.

Además, que habrá una persona coordinadora por cada comité de evaluación de los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), quienes integrarán una comisión coordinadora responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos de las personas participantes, establecer criterios y metodologías homologadas de evaluación, selección y exámenes de conocimientos.

Añade que cada comité seleccionará, conforme a los criterios definidos por la comisión coordinadora, a las personas mejor evaluadas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo y se hayan distinguido por su honestidad, buena fama pública, competencia y antecedentes académicos y profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.

Estipula que el Tribunal de Disciplina Judicial aplicará programas de capacitación y actualización permanente, en coordinación con la Escuela Nacional de Formación Judicial.

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