La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso mexiquense avaló reformas para ampliar los supuestos para otorgar amnistía, y crear la Comisión Legislativa de Seguimiento a los casos de Amnistía —la cual podrá promover o solicitar el trámite para que una persona recupere su libertad—, además de reforzar la defensoría pública en estos procesos.

El dictamen, que conjuntó iniciativas del diputado Octavio Martínez Vargas (morena), la legisladora Ana Yurixi Leyva Piñón (PT) y la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, cuya aprobación fue destacada por congresistas de ambas bancadas, así como del PAN y MC, incorpora a las posibilidades de amnistía los casos de mujeres acusadas o sentenciadas que no fueron juzgadas con perspectiva de género o de derechos humanos.

De igual forma, las adecuaciones a las leyes de Amnistía y Orgánica del Poder Legislativo, ambas del Estado de México, añaden el supuesto de personas acusadas o sentenciadas por cometer delitos bajo una situación de vulnerabilidad manifiesta, desventaja, asimetría o existencia de alguna categoría sospechosa.

De aprobarse por el Pleno de la LXII Legislatura mexiquense, las reformas consideran la posibilidad de amnistía para personas privadas de la libertad, incluidas aquellas por delitos que atentan contra la vida, la libertad o la integridad personal, que cuenten con resolución, pronunciamiento o recomendación de organismos internacionales cuya competencia esté reconocida por el Estado mexicano, algún organismo nacional o local de derechos humanos, donde se desprendan violaciones a estos y al debido proceso, en la que se proponga su libertad.

Además de incorporar lenguaje incluyente, el proyecto legislativo establece la posibilidad de amnistía para las personas que hayan auxiliado, con previo consentimiento de la madre o la persona gestante del producto, en la interrupción del embarazo y no solo a parientes consanguíneos, como lo define la legislación vigente. Respecto a las personas mayores de 65 años que padecen enfermedad terminal o crónico-degenerativa grave, especifica que debe estar diagnosticada.

En lo que respecta a la comisión legislativa que se crearía, se establece que ésta conocería los casos que, por su relevancia, le sean presentados ya sea por personas que guarden un vínculo de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con la persona interesada, o por organizaciones u organismos públicos defensores de los derechos humanos que estén debidamente registrados y operen sin fines de lucro.

Asimismo, por organismos defensores de derechos humanos, por encuadrar en supuestos de violación de derechos o fallas en la aplicación de alguno de los principios penales del sistema acusatorio, o la plena presunción de fabricación de delitos.

La Comisión de Amnistía se integraría, a propuesta de la Junta de Coordinación Política y con aprobación del Pleno legislativo, con la participación de los distintos grupos parlamentarios, respetando en todo momento los principios de pluralidad y paridad.

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