A fin de revisar el marco normativo que regula el transporte de los menores de edad en motocicleta, la diputada de Morena, Beatriz García Villegas presentó una iniciativa para reformar la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México.

Frente a las y los legisladores que integran la LXI Legislatura, la representante del pueblo señaló que todas las instituciones públicas, con especial énfasis, el Poder Legislativo, tienen la responsabilidad de promover, en el marco de sus competencias, acciones en atención al Principio de Interés Superior del Menor, cuando existan condiciones que pongan en riesgo su integridad.

Al tiempo que dio a conocer los resultados del último Informe Sobre la Situación Vial de la Secretaría de Salud Federal, donde se menciona que “En general, se observa una reducción en el número de muertes de peatones, ciclistas y ocupantes de vehículos motorizados en todos los grupos etarios entre 2014 y 2019, excepto en el caso de las y los motociclistas entre quienes se observa un incremento del 71.4 % en el caso de niñas y niños de 0 a 4 años, un 550 % en niñas y niños de 5 a 9 años (pasando de 2 a 13 defunciones), un 27 % en niñas, niños y adolescentes de 10 a 19 años, un 40.6 % en personas adultas jóvenes de 20 a 39 años, un 53.9 % en personas adultas de 40 a 59 y un 119 % en personas adultas de 60 y más años.”

Beatriz García, precisó que, en el Estado de México, es usual ver a personas menores de 18 años transportarse en motocicleta con su familia sin la debida protección, por lo que “sin duda alguna, el transporte de personas menores en motocicleta en el Estado de México se ha convertido en un tema que se debe revisar”.

Subrayó que, en general, como lo indican las cifras, las muertes de personas adultas por accidentes automovilísticos en motocicleta han aumentado, sin embargo, es impactante lo mucho que se han disparado las cifras de fallecimientos de personas menores de 19 años, entre las cuales observamos un 71% más de fallecimientos de personas entre 0 y 4 años, 550% en personas de entre 5 y 9 años y un 27% en personas de entre 10 y 19 años.

Ante esta realidad, como legisladores y legisladoras están obligados a revisar el marco normativo que regula el transporte de las personas menores de edad en Motocicleta, con la finalidad de incidir en la resolución de este problema, enfatizó.

Motivo, por el que de acuerdo con el Interés Superior del Menor y con la Perspectiva de Derechos Humanos con la que todos los servidores públicos están obligados a actuar, propuso adicionar la fracción XII del artículo 74 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, para incluir el deber de los tutores de transportar a menores de edad en condiciones de seguridad.

En dicho ordenamiento, se propone modificar la fracción XXIII del artículo 85, con la finalidad de que las autoridades estatales que tienen competencia en la materia, en especial aquellas que tienen facultades de diseñar y expedir Reglamentos, Planes, Programas y por supuesto Leyes, homologuen estos instrumentos con los objetivos planteados en la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

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