Todas las personas indígenas tienen derecho a la identidad cultural, por tanto, debe respetarse su vestimenta, lengua, tradiciones, costumbres y otros elementos que las caracterizan, a través de un trato digno, igualitario y no discriminatorio, ya que representan una parte fundamental en la vida del país y la entidad mexiquense, explicó el capacitador de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), Josh Mendoza Rodríguez.
En la plática de sensibilización “Derecho a la identidad cultural de las personas y pueblos indígenas”, dirigida al público en general, indicó que el Estado tiene la obligación de proteger y garantizar su autonomía y libre determinación, por lo que se debe incluir a ese grupo en la toma de decisiones y elaboración de estrategias para mejorar su calidad de vida, de lo contrario, el derecho a la identidad cultural no estará plenamente reconocido ni ejercido.
Explicó que la entidad tiene una composición pluricultural y pluriétnica, con integrantes de cinco pueblos originarios: mazahua, otomí, tlahuica, matlatzinca y nahua, así como de otros grupos indígenas que han llegado al territorio estatal, que en total suman 985 mil personas que representan el 6.5% de la población mexiquense, pero no por ser minoría puede afectarse su dignidad humana.
Las personas indígenas son las más discriminadas, aunque la Declaración Universal de Naciones Unidas sobre derechos de pueblos indígenas, las constituciones federal y estatal, la Ley federal para prevenir y eliminar la discriminación, y la Ley de derechos y cultura indígena en el Estado de México, establecen que tienen derecho a mantener su cultura, lengua y formas de organización; sus tradiciones, a conservar y mejorar el hábitat y la integridad de sus tierras; por ello, la Codhem cuenta con una Visitaduría Adjunta de Atención a los Pueblos Originarios que atiende cualquier acción u omisión de personas servidoras públicas que afecte sus derechos.
Por último, el capacitador de la Codhem señaló que es necesario que las instituciones y la sociedad respeten en todo momento su derecho a la existencia jurídica y física; a la no discriminación, por medio del reconocimiento de la igualdad formal ante la ley y la prohibición de un trato desigual; a la preservación de su identidad cultural en un amplio sistema de derechos y libertades; y a la autodeterminación, para decidir sobre su historia, su tierra, territorio, costumbres y tradiciones.